El aumento de capital consiste en la realización de nuevos aportes, en bienes o en efectivo a favor de la sociedad, que incrementan su economía a cambio de la entrega a los aportantes de nuevas acciones y / o participaciones o del aumento del valor nominal de las acciones y / o participaciones. En la Empresa Individual de Responsabilidad Limitada –EIRL- también procede el trámite del aumento de capital.
En el caso de las sociedades se requiere que el aumento este aprobado por socio que representen el 66.66% del capital de la empresa, en primera convocatoria, o el 60% en segunda convocatoria. De estar de acuerdo la totalidad de los socios, no es necesario efectuar convocatorias.(Junta Universal).